OTORGAR en la presente causa seguida al imputado GUZMAN FARIAS WILMER ANTONIO, las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, contenidas en el artículo 242 en sus numerales 3º, 5º y 9º Consistentes en: 3º La presentación cada QUINCE (15) DÍAS por un lapso de OCHO (08) MESES, contados a partir de la presente fecha por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, 5º La prohibición de concurrir al lugar donde ocurrieron los hechos y 9º El ciudadano imputado queda sometido a Trabajo Comunitario en la sede de este Circuito Judicial Penal, Los días lunes, durante cuatro (04) meses, desde las 08:30 de la mañana hasta las 12:00 del medio día