Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana TIBISAY COROMOTO BLANCO DE CORONEL y JULIO CESAR CORONEL MELENDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.376.938, asistida por la abogada CARMEN OMAIRA ORTIZ DE SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 168.098; en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LA UNIA, al ciudadano JULIO CESAR CORONEL MELENDEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.769.923, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 05 de mayo de 2.006, ante la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 076 cursante al folio 08,09 y su vuelto del presente expediente; todo ello, de conformid.....