...ACUERDA Modificar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, impuesta al imputado EDDY ARNALDO MELENDEZ QUINTANA, en fecha 16 de noviembre de 2006 y le impone la medida Cautelar Menos Gravosa y de posible cumplimiento, establecida en el artículo 256 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la obligación de someterse a la vigilancia de una persona determinada, que en este caso será un familiar que deberá informar mensualmente al tribunal de su comportamiento, manteniéndose las medidas cautelares de los ordinales 3°, 5° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentación cada ocho (08) días por el alguacilazgo del este circuito judicial, prohibición de acercarse al lugar de los hechos y prohibición de acercarse a la víctima; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 ejusdem.-