...En este orden de ideas, este Tribunal encuentra que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 1.714 del Código Civil, para transigir se requiere tener capacidad para disponer de las cosas comprendidas en la transacción. En tal virtud, se procederá a verificar si las partes que suscriben la transacción que antecede tienen tal capacidad, en la forma siguiente: PRIMERO: Ha quedado evidenciado en autos, que la parte actora, CARLOS TEODORO DE J CIFUENTES GRUBER., se encontraba representado por quien es su apoderado judicial, el abogado PEDRO CESAR RIVAS FIGUERA, según se evidencia de poder cursante al folio 6 y 7 del presente expediente, conferido en fecha 02 de mayo de 2.007, ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Autónomo Chacao del Distrito Capital y Estado Miranda, con facultad para "...transigir, convenir, y desistir...". SEGUNDO: Se evidencia de igual forma que la parte demandada, ciudadano FERNANDO VLADIMIR BARRETT CÉSPEDES, actúa en la transacción in comento, asist.....