DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el abogado IVAN JOSEF VARELA DELGADO y JONATHAN VARELA AGUILAR, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil BIMBO DE VENEZUELA, C.A, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa Nro. 032-213 de fecha29-01-2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, mediante la cual se declaró con lugar el Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por los ciudadanos AGUSTÍN JOSÉ TORO REYES Y ELVINS ALEXAIDES VERDÚ SUTIL, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-20.997.295 y V-19.304.416, contra el hoy demandante......