DECLARAR CON LUGAR la solicitud interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO SIMONS, en su carácter de penado, permiso que no podrá exceder de TRES (03) DÍAS máximo, para lo cual tiene la obligación de informar el día de su salida y regreso, para expedir la correspondiente autorización. Así mismo debe presentarse ante este Tribunal el día siguiente de su regreso, a las ocho y treinta horas de la mañana (08:30 a.m.), con CARÁCTER OBLIGATORIO, en caso contrario se considera fugado, lo que ameritará la revocatoria de la Medida acordada por este Despacho, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.