...este Despacho Judicial, decretó medida cautelar garantizadora que evitaría en todo caso la disposición de un bien da la comunidad conyugal, fundamentándole en las disposiciones del artículo 191 del Código Civil. Ahora bien, de la revisión pormenorizada del contenido del decreto de la medida, el órgano judicial observa que siendo facultativo del juez dictarla, tal como aconteció, y no habiendo sido enervado por el oponente los alegatos de la parte solicitante de la medida, debe esta confirmarse y así se decide. Cúmplase.