Con base en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 26 de enero de 2016, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas en consecuencia; se declara SIN LUGAR, la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otras acreencias laborales incoara el ciudadano FRANKLIN ALI MATOS PACHECO en contra de la entidad de trabajo TRANSPORTE RODO C.A., TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.