Con fuerza en la motivación precedente este JUZGADO SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara Sin Lugar las excepciones contemplada en el artículo 28 ordinal 4° literal ¿i¿ del Código Orgánico Procesal Penal, opuesta por la defensa publica, por no existir violación alguna de los requisitos de forma de la acusación fiscal, establecidos en el artículo 326 ordinales 2°, 3°, 4° y 5° ejusdem; en consecuencia se declara igualmente Sin Lugar la solicitud de sobreseimiento planteada por la defensa pública. SEGUNDO: Se ADMITE totalmente la acusación presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público, en contra del ciudadano NELSON EDUARDO MARQUEZ, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley sobre Violencia contra la .....