Acuerda: declarar CON LUGAR la solicitud de REVISION DE LA MEDIDA CAUTELAR DE FIANZA, contenida en el articulo 582 literal "G", la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto en el artículo 455 en relación con el artículo 83 todos del Código Penal, en perjuicio de WILMER JOSE ROMERO RIERA, pretensión por parte de la defensa pública Dra. JEXI MAR VILLARROEL, imponiéndole la medida de CAUCIÒN JURATORIA, establecida en el articulo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes,