Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve:
Primero: Verificado el consentimiento libre y voluntario, manifestado por el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), a quien se acusa por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 3º de la ley sobre el robo y hurto de vehículo automotor, en perjuicio del ciudadano JESUS RAMON ZAMBRANO CHACON; aprueba el acuerdo conciliatorio propuesto en la presente audiencia en los siguientes términos: el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNA), procede a pedir disculpas a la victima ciudadano JESUS RAMON ZAMBRANO CHACON, en este acto; igualmente deberá asistir por el lapso de t.....