...ACUERDA:REDIMIRLE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, por un tiempo de CINCO (05) MESES, DIECISEIS (16) DIAS Y DOCE (12) HORAS, al penado: EULALIO MELECIO GÓMEZ PADILLA, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 12/10/1965; de 38 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Libia Padilla Linares (v) y padre desconocido, titular de la cédula de identidad N° V-11.181.057, residencia en la UD 9 de Caricuao, Barrio Pedro Camero, callejón Vuelta La Copa, casa s/n de color azul, Caracas, por haber desempeñado las labores de ELABORACIÓN y VENTA DE QUESILLOS, MANUALIDADES y ESTUDIOS EN LA MISIÓN ROBINSON I, durante el tiempo que lleva cumpliendo la pena, privado de su libertad en el Centro Penitenciario de Aragua, Tocoron, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y Estudio, en relación con lo dispuesto en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en los artículos.....