Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Primero Se declara con lugar la aprehensión por flagrancia por cuanto la misma reúne los requisitos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y Decreta LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD DE LOS IMPUTADOS ZINDER JAVIER THEREZE VILLEGAS, JULIO CESAR GARCIA FUENTES y JOSE ANGEL RAMOS, anteriormente identificados, por cuanto existen suficientes elementos de convicción que acreditan a los imputados como autores o participes de los hechos imputados. Segundo: Ordena se Prosiga la investigación por el Procedimiento Ordinario, de Conformidad con lo establecido en el articulo 280 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el ultimo aparte del articulo 373 de la Ley Adjetiva Penal. Tercero: Se acuerda .....