Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuella y por la autoridad que le confiere la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE LAS MEDIDAS , solicitada por la representación de la parte actora en su libelo de demanda. La presente decisión no prejuzga sobre el fondo de la controversia.
Se ordena la publicaciòn de la presente decisiòn en la pàgina Web del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Regiòn Miranda.
Publiquese, Registrese y Dejese Copia.
Dada; firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en Guarenas a los treinta (30) días del mes de junio de 2014