DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la sociedad mercantil "MAKRO COMERCIALIZADORA, S.A." contra la Providencia Administrativa N° 0037-2019, de fecha 12 de abril de 2019, dictada en el expediente administrativo Nº 039-2018-01-01276, llevado por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en la denuncia de Reenganche y Restitución de Derechos Infringidos incoada por el ciudadano JHON GERSON LOPEZ VASQUEZ contra la mencionada entidad de trabajo recurrente.-