ABSUELVE al ciudadano BLAISMI ISAAC PÉREZ BUSTAMANTE, venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 23 de noviembre de 1983, de 25 años de edad, soltero, de profesión u oficio camillero, portador de la Cédula de Identidad N°V-15.843.829, residenciado en el Barrio Isaías Medina Angarita, Calle Real, casa Nº 12, Catia, Parroquia Sucre, Caracas, Municipio Libertador, Distrito Capital; hijo de Milagros Bustamante (v) y Blas Pérez (v), con relación a la acusación presentada por el Fiscal Sexto del Ministerio Público, Abg. MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ ARAMBURÚ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y PRIVAACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD tipificados en los artículos 5 y 6 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 174 del Código Penal, respectivamente, en perjuicio del ciudadano LENÍN RENGIFO; de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal