SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Fiscal 18° del Ministerio Público, en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA; en virtud que la misma cumple a cabalidad con las previsiones contenidas en los artículos 570 y 578 ambos de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: SOTO SANCHEZ JOSE ALFREDO, RAGALADO BLANCO LUIS ENRIQUE, y FELIX OSCAR PINEDA, por los hechos acaecidos en fecha: 20-03-2009, siendo aproximadamente las 12:00 horas del medio día, cuando funcionarios adscritos a la Policía Municipal de Zamora, quienes se encontraban en recorrido vehicular, específicamente por el barrio el progreso, motivo a que el día 19-03-2009, dos (02) unidades colectivas de esa ruta, perteneciente a la línea de transporte "Cooperativa Conductores Unidos" fueron objeto .....