...por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos, PRIMERO. DECLARA PENALMENTE RESPONSABLE POR ADMISION DE HECHOS conforme al articulo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al adolescente OMITIDO Y OMITIDO y los CONDENA A CUMPLIR LA SANCION DOS ( 02) AÑOS DE LIBERTAD ASISTIDA, sucesivamente DOS AÑOS DE REGLAS DE CONDUCTA de forma sucesiva SEIS (6) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD por la comisión ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal en relación con el articulo 83 Ejusdem y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que le fuera imputado por el Representante del Ministerio Público en la oportunidad correspondiente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 583, 620 literales " C D", y "B", en concordancia con los articulo 622, parágrafo primero 624, 625, y 626 todos de la vigente Ley Orgánica para la Protección de Niño.....