DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES de la causa signada con el N° 6C16568-03 seguida en contra de Nieves Rangel Pedro, titular de la cédula de identidad N° V-6.457.429, por la presunta comisión de un delito Porte Ilícito de Arma de Fuego, Previsto y sancionado en el Articulo 278 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en los artículos 1, 8, 9, 10, 12 y 314 del código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de lo anterior se DECRETA el CESE inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas así como de la condición de imputado del ciudadano Nieves Rangel Pedro.-