SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en el proceso penal seguido al acusado ciudadano MIGUEL ANGEL MACHADO, de nacionalidad venezolana, Natural de Caracas, nacido el 24 de enero de 1980, de 28 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-19.290.502, de profesión u oficio del obrero, hijo de Rosa Machado (F) y Miguel Rojas (V), residenciado en: San José de Río Chico, calle Bolívar, la Colonia al frente de la Ferretería Río Grande, por la presunta comisión de los delitos de TRATO CRUEL, ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACION Y ABUSO SEXUAL A NIÑO SIN PENETRACION Y CONCURSO REAL DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 254, 259 Y 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 88 del Código Penal, y SE EMPLAZA A LAS PARTES para que en el plazo común de cinco (05) días, concurran ante el Tribunal de juicio correspondiente