Por los razonamientos antes expuestos, constatando que no han variado las situaciones de hecho y de derecho, manteniéndose la condición excepcional que motivo la privación de libertad acordada, se mantiene la medida de Privación de Libertad decretada en fecha 12 de Agosto del 2003. Se acuerda una nueva evaluación siquiátrica, realizada por dos profesionales, uno de estos psiquiatras y otro psicólogo, donde consten las recomendaciones pertinentes conforme a la situación del acusado. En consecuencia librese oficios a la dependencia de Psiquiatría forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, a los fines de realizar la evaluación requerida, la cual deberá ser remitida a este despacho