OTORGAR en la presente causa seguida al imputado SAN PADRON EDUYN EDUARDO, las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, contenidas en el artículo 242 en sus numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: 3 la presentación cada TREINTA (30) DÍAS por un lapso de OCHO (08) MESES, contados a partir de la presente fecha por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y 9 estar atento al llamado de este Juzgado y del despacho fiscal, así como la obligación de inscribirse en un Centro de Educación a los fines de culminar sus estudios, por lo que deberá consignar ante este Tribunal la constancia de inscripción