Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se declara SIN LUGAR la solicitud de revisión de medida formulada por el Profesional del derecho ORLANDO NICOLAS ASTONE RONDON, en su carácter de Defensor Privado de los acusados: LUIS MANUEL GARCIA FALCON y DUSDARVI JOSE CASTRO MESA titulares de las cédulas de identidad N°s V-17.473.578 y N° V-16.357.661, respectivamente, y en consecuencia se mantiene la Medida Judicial Privativa de Libertad dictada en fecha 14-06-2005 por el Tribunal Segundo de Control en contra de los ciudadanos LUIS MANUEL GARCIA FALCON y DUSDARVI JOSE CASTRO MESA titulares de las cédulas de identidad N°s V-17.473.578 y N° V-16.357.661, respectivamente, de confo.....