EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES y en consecuencia, el CESE INMEDIATO de las MEDIDAS DE COERCIÓN PERSONAL, así como la CONDICIÓN DE IMPUTADO, del adolescente identificado en las actas, debiéndose estampar la nota correspondiente en los libros de presentaciones si fuere el caso y en virtud de que la investigación podría ser reabierta si surgieren nuevos elementos, con la autorización del tribunal, se ordena en primera instancia la notificación de las partes a los fines de poner en conocimiento la presente decisión, librando las boletas de notificación correspondientes y la remisión a la Fiscalía Diez y ocho del Ministerio Público (especializada en adolescentes) por cuanto podría ser reabierta la investigación. Notifíquese a las partes.