OTORGAR en la presente causa seguida al imputado SANCHEZ MONASTERIOS ANTONI YOSE, las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, contenidas en el artículo 242 en sus numerales 3º 8º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: 3º la presentación cada TREINTA (30) DÍAS por un lapso de OCHO (08) MESES, contados a partir de la presente fecha por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, 8º La presentación de una caución económica, consistente en UN (01) FIADOR que devengue la cantidad de DOSCIENTAS VEINTE (220) UNIDADES TRIBUTARIAS y 9º Estar atento al llamado que le realice el tribunal y el despacho fiscal