Se declaró como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos GORKA EZPONDA SANZ y GAIZKA EZPONDA SANZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 5.011.224 y V- 5.566.273, en su orden, en su carácter de hijo del causante ciudadano REGINO EZPONDA ATOZQUI, quien en vida era de nacionalidad Venezolana y titular de la cédula de identidad No. V-979.524, quien falleció el día cinco (05) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), tal como se desprende del acta de defunción emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias Estado Miranda, bajo el acta No. 337. Todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho.