declara
PRIMERO: SIN LUGAR la denuncia que por FRAUDE PROCESAL incoada por el representante judicial de la parte demandada, ciudadano JORGE BAHACILLE MERDENI en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana GISSEL GIMENEZ PALACIOS en contra de las profesionales del derecho LUISA ELENA LOPEZ QUIJADA y ANNERIS JOSE LOPEZ QUIJADA en su carácter de apoderadas judicial del demandante ciudadano LUIS MANUEL CASTRO LOPEZ en el juicio que por CUMPLIMIENTO AL CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA, ambos plenamente identificados al comienzo de este fallo.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión dictada.