En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 02 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que la ciudadanos NANCY ALEXI LANDER MILLAN, NANCY JOHANA SANTAMARIA LANDER y FRANCISCO ALEXIS SANTAMARIA LANDER;venezolanos, mayor de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números: V-4.852.015, V-13.600.438 y V-15.119.420, respectivamente; son los UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus FRANCISCO ANTONIO SANTAMARIA quien en vida fue portador de la Cédula de Identidad Nro. V-4.834.290, el cual falleció en fecha diecinueve (19) de junio de dos mil veintitrés (2023), Según Acta de Defunción Nº1127, Tomo N°5, Folio 127, de fecha veinte (20) junio de.....