ACUERDA NEGAR LA ELIMINACIÓN DE LOS ANTECEDENTES PENALES, que registra el penado JOSE GREGORIO CALZADILLA, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 6.423.028, de nacionalidad venezolano, de 37 años de edad, fecha de nacimiento 11-05-1966, estado civil casado, hijo de HIGINIO HERNANDEZ (V) Y EUGENIA DE HERNANDEZ (V), residenciado en el Sector la Culta, de la carretera Nacional San Francisco de Yare, Santa Teresa del Tuy, (pasando hidrocapital) en jurisdicción del Municipio Simón Bolívar, Estado Miranda, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Registro de Antecedentes Penales, en relación con lo dispuesto en el artículo 100 del Código Penal, y ACUERDA OTORGAR LAS COPIAS CERTIFICADAS, de la sentencia definitivamente firme.