Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos RAFAEL IGNACIO MONTENEGRO MONAGAS y XIOMARA DEL CARMEN VERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.543.122 y V-10.281.803, respectivamente. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 18 de mayo de 2002, por ante el Registro Civil del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 96, cursante a los folios 07,08 y 09 del presente expediente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 185, del Código Civil. En virtud a la anterior Decisión, se ordena participar lo conducente al Registro Civil del Municipio Guaicaipuro del esta.....