Este tribunal considerando que el presente convenimiento de pago, se realizó ante este juzgado en el día de hoy, lo cual versan sobre los derechos litigiosos que consta por escrito en el presente procedimiento y se produjo con relación a los hechos, circunstanciales que la motivaron, así como de los derechos que en ella se comprenden, lo cuales no vulneran derechos irrenunciables del ex trabajador, ni normas de orden público, constatando que se ha dado cumplimiento a los extremos a que se contrae el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, así como el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y las Trabajadora, es por lo que procede a impartir la correspondiente HOMOLOGACIÓN A LA PRESENTE TRANSACCIÓN DE LA DEMANDA, con los efectos de Cosa Juzgada, en consecuencia se ordena el cierre del expediente y su archivo judicial. ASI SE ESTABLECE. ES TODO. TÉRMINO, SE LEYÓ Y CONFORMES