DECRETA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL impuesta al penado CARLOS JAVIER LANDAETA RAGA; venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad N° V-18.738.720, nacido en fecha 30/10/1985, de estado civil: soltero, profesión u oficio obrero, hijo de Josefina Cuelo Raga y Cirilo Landaeta, residenciado en Matica arriba, calle Revolución, casa s/n, al lado de la bodega del Sr. Saúl, Los Teques, Estado Miranda; quien fue condenado a cumplir la pena de Un (01) año y Ocho (08) meses de Presidio, por ser responsable en la comisión del delito de Robo Simple en grado de Frustración; previsto y sancionado en el artículo 457 en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal; y consecuencialmente, se DECRETA EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LAS PENAS ACCESORIAS AL PRESIDIO, RELATIVAS A LA INTERDICCION CIVIL y la INHABILITACION POLITICA DURANTE EL TIEMPO QUE DURÓ LA PENA PRINCIPAL, conforme a lo establecido en el artículo 13 numerales 1 y 2, en relación con .....