Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano GUILLERMO ANTONIO IZAGUIRRE PÉREZ, asistido del abogado GUSTAVO RAFAEL IZAGUIRRE FIGUEIRA, todos identificados en la parte inicial de esta sentencia, contra la decisión dictada en fecha 22 de febrero de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante la cual se abstuvo de admitir la solicitud de entrega material de bien vendido, hasta tanto fuera presentado documento registrado, por lo que se ordena que, una vez recibido formalmente el expediente por el tribunal de origen, proceda a admitir la solicitud, dejando a salvo derechos de terceros.