PRIMERO: Declara Con Lugar la Defensa de FALTA DE CUALIDAD E INTERES de la Parte Demandante para Sostener el presente Juicio opuesta por la Parte Demandada.
SEGUNDO: Declara Inadmisible la demanda que por Desalojo intentó la ciudadana NUBIAN GABIRA GUERRERO GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.210.837, Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 31.138, actuando por sus propios derechos, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, contra el ciudadano HERNAN BALLEN, colombiano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.E-81.153.127, domiciliado en la Calle 2, El Milagro, Prolongación Vereda 6 Caneyes, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
TERCERO: Se de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la Parte Demandante por haber resultado vencida.-