ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano: JAVIER GREGORIO PACHECO LOPEZ, de nacionalidad venezolano, soltero, titular de la Cédula de dentidad N° 14.312.192, residenciado en: Lomas de Propatria, bloque N° 2, piso N° 04, apto. N° 49, Caracas, por un lapso de UN (1) AÑO, por la comisión del delito de ACTIVIDADES Y OBJETOS DEGRADANTES, en contravención a las normas Técnicas establecidas en los artículos 4 y 5 del Decreto N° 635 de fecha 07-12-1989, publicada en Gaceta oficial N° 4158 extraordinario 25 de enero de 1990, referido a la ubicación de la Actividad Porcina en el Territorio Nacional y el articulo 16 del Decreto N° 883, de la Ley Penal del Ambiente.-.