DISPOSITIVO
En base a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 21 de julio de 2016 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, en consecuencia; se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por los codemandantes FRANCYS ELENA CAMACARO MIJARES, MARIA ROSA CORTES TORRES, JOSÉ DOMINGO MEJICANO, ANA TERESA PEREIRA Y BELKIS YANELA PEROZO, respectivamente, en contra de la demandada ALCALDIA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la natural.....