Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos LIGIA GENOVEVA RAMOS de GUEVARA, NATALIA EMPERATRIZ GUEVARA de GALEANO, MARIELA DEL CARMEN GUEVARA RAMOS, LUIS GUILLERMO GUEVARA RAMOS y RAUL EDUARDO GUEVARA RAMOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.121.200, V-8.677.654, V-11.041.621, V-8.683.587 y V-12.873.375, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante LORENZO JACINTO GUEVARA GAMEZ (), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-628.167, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Pr.....