Se decreta Medidas de Protección y seguridad a favor de la víctima en cuanto al artículo 87 ordinales 5 y 6 ejusdem, Apartándose el Tribunal del numeral 3 vista la manifestación de la víctima al respecto y según lo establecido en el artículo 89 de la Ley Especial se decretan Medidas Cautelares Sustitutivas del artículo 256, ordinales 3 y 9 de Código Orgánico Procesal Penal, siendo la presentación periódica los días miércoles cada QUINCE (15) días ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Extensión Barlovento, y oficiar a la Granja Oasis en el sector del Rodeo de Guatire, Estado Miranda para que orienta al imputado sobre la problemática de la decencia del alcohol