DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE LA FALTA DE JURISDICCION invocada por la sociedad mercantil FESA MERPRO S.A., en consecuencia, declara su Jurisdicción para seguir conociendo de la acción intentada. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por cobro de CONCEPTOS LABORALES incoaran los ciudadanos YRAIMA BEATRIZ MANRRUFO HIDALGO, YUSMARI RUSSO MILANO, JOSE GREGORIO VALDERRAMA TERAN, FERNANDO VILLALBA MORALES Y WILLIAMS JOSE VEGAS VELIZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.092.298, V-14.331.371, V-140.537.412, V-16.820.500 y V-13.110.612 en contra de la sociedad mercantil FESA MERPRO S.A TERCERO: se condena en costas a la demandada de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Or.....