En consecuencia, este Juzgado sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, actuando conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nº 2009-006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.152, el día 2 de Abril de 2009, DECRETA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos ANA TERESA PLAZA PARÍS, IVONNE JOSEFA PARÍS DE PLAZA, IVONNE DEL CARMEN PLAZA PARÍS, LUIS ALBERTO PLAZA PARÍS y EMILIANO JESÚS PLAZA PARÍS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.887.454, V-4.350.863, V-13.693.742, V-13.693.491 y V-17.704.224 respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LUIS ALBERTO PLAZA AYALA