Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana LISSTTE JOCELIN MARTINEZ DE ALVARADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-9.691.299, asistida por la abogada JESSICA C. GUEVARA M. inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 281.831.En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LA UNIA al ciudadano VICTOR JULIO ALVARADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.729.660, en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 15 de julio de 2006, ante el Registro Civil Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Aragua, según consta de Acta de Matrimonio Nº 158, cursante al folio 08 del presente expediente., todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 185, del .....