Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, DECLARA CON LUGAR la presente Acción de Amparo, incoada por la ABG. MARJORIE JOSEFINA REYES DE OLIVERA, por lo que se ORDENA el mandamiento de Amparo Constitucional, al encargado del ?Estacionamiento REALCAR 721?, a los fines que realice la inmediata entrega del vehículo Automóvil, marca Ford Del Rey, año 84, color bronce, placas AVM-729, a la referida ciudadana, conforme lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Regístrese, notifíquese y consúltese en la oportunidad legal.