este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y a los fines de dar cumplimiento a los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizar asimismo una titula Judicial efectiva, el debido proceso y el Interés Superior del Adolescente en sala, Decreta: PRIMERO: Se acoge la precalificación fiscal como lo es el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN , previsto en el artículo 5 y 6, numeral 1, 2, 3 de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor concatenado con el 80 último aparte del Código Penal. AGAVILLAMIENTO previsto en el artículo 286 del Código Penal, LESIONES PERSONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previsto en el artículo 415 del Código Penal, encontrándonos en presencia de UN CONCURSO REAL DE DELITOS, previsto en el 88 del Código Penal, que constituyen e.....