DECIDE: Dejar Sin efecto la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, impuesta al Ciudadano MENDOZA TESARA DIOMAR RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.226.217, y en su lugar se le impone la medida cautelar sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deberá presentar ante este Juzgado DOS (02) FIADORES, que deberán devengar un salario de CINCUENTA (50) UNIDADES TRIBUTARIAS, cada uno, quienes consignarán los siguientes documentos : copia de la cedula de identidad, constancia de buena conducta, constancia de trabajo, así como los tres últimos recibos de pagos y constancia de residencia expedida por la Prefectura correspondiente. La libertad se hará efectiva una vez consignados los documentos y verificados los mismos por este Tribunal, todo de conformidad con el sexto aparte del artículo 250 en relación con el artículo 264 ejusdem.
Líbrese la correspondiente Bolet.....