DECRETA LA PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado: DIONEL RAMÓN GARCÍA CARUCHO, venezolano, nacido en El Guapo, estado miranda, nacido el día 20-11-82, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V. 17.555.574., estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Obrero, hijo de Marcelina Carucho (v) y Dionisio García (v), domiciliado en: El guapo, calle principal, casa N°.- 06, Guarenas, teléfono: 0412 3823082, por encontrarse incursos en la comisión del delito de: OCULTACIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en los artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, a tenor de lo dispuesto en los artículos 250, 251 y 252 en su párrafo único del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda que el presente caso continúe por la vía por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con las previsiones del Encabezamiento del Artículo 280, 373, 300 del.....