DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A presentada por los ciudadanos: ZAIDA GREGORIA HERNANDEZ y VICTOR ALBERTO MELO MONTERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédulas de Identidad Nros: V-4.287.078 y V-639.553, respectivamente, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los une, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante la ante Jefatura Civil de la Parroquia El Paraíso del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha veinticinco (25) de abril del año mil novecientos noventa y ocho (1998), según consta Acta de Matrimonio, inserta bajo el Nº 030, que una vez casados fijaron como su último domicilio conyugal en Charallave, Estado Miranda, el Placer final vía La chivera casa Nº 3, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Miranda, en el cual habitaron ininterrumpidamente hasta el día 15/02/2015, cuando materializaron su separación de hecho. Que durante la unión no procrearon hijos. Que durante la unión no adquirieron ningún bi.....