Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Ejecución Dos, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL Y LA PENA, de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 408 ordinales 1° del Código Penal, y las accesorias correspondientes, que le fuera impuesta por Juzgado Superior Segundo en lo Penal de la Circunscripción Judicial con sede en Los Teques, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinales 1° del Código Penal, al ciudadano que en vida respondiera al nombre de JORGE LUIS MUÑOZ HERNANDEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° V- Indocumentado, todo ello de conformidad con lo establecido en el artícu.....