se ACUERDA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD conforme con lo previsto en los artículos 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado: CESAR AUGUSTO BAEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.155.431 consistiendo en el régimen de presentación cada quince (15) días ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial.