Se declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana MARIA VERONICA RAMOS LUNA, estado debidamente asistida de abogado, con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia en las sentencias vinculantes de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Nos. 12-1163 de fecha dos (2) de junio de dos mil quince (2015) y 1070 de fecha nueve (9) de diciembre de dos mil dieciséis (2016), y la sentencia No. 136 de la Sala de Casación Civil, dictada en fecha treinta (30) de marzo de dos mil diecisiete (2017), y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que unía a la ciudadana MARIA VERONICA RAMOS LUNA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 8.555.480 con el ciudadano GRACIANO ANTONIO ANDRADE, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 5.765.512, contraído ante el Registro Civil del Municipio Los Salias Estado Miranda, en fecha 22 de marzo de 1991, tal como se despr.....