Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA LIBERTAD DEL IMPUTADO CAROLINA DEL VALLE TOVAR SANOJA, titular de la Cédula de Identidad 15.711.906, nacido 16/07/82 de profesión u oficio Estudiante, residenciado Entrada a 12 de Octubre cinco casas después de la escuela, Cua Estado Miranda. pero se le impone de la medida cautelar de los ordinales 3°, 5° y 6° artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, explicada en el texto de la motiva precedente. SE ORDENA la practica de un Reconocimiento Médico a la imputada y por en de se deberá el oficio respectivo Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Expídase la correspondiente Boleta de Excarcelación.
LA JUEZ SEGU.....